Octubre 2026: Impuestos del 3T, Verifactu, tarifa plana y actualización de alquileres de locales

Octubre marca el inicio del cuarto trimestre y el momento de liquidar las obligaciones del tercer trimestre de 2026. Para autónomos y pymes de Alicante y la Comunidad Valenciana es un mes clave: hay que presentar las autoliquidaciones trimestrales, seguir preparando la llegada de Verifactu y revisar posibles actualizaciones de renta de locales comerciales.

En Zarco Asesoría, tu asesoría fiscal, laboral y jurídica de confianza en Alicante, te resumimos de forma clara y práctica lo más importante que debes tener en cuenta este mes.

1. Impuestos del 3T 2026: plazos y modelos

El tercer trimestre comprende los meses de julio, agosto y septiembre de 2026. Los modelos más habituales se presentan del 1 al 20 de octubre de 2026 (el día 20 cae en martes, por lo que no se produce ampliación de plazo).

Modelo Concepto Plazo de presentación
303 Autoliquidación de IVA 1 al 20 de octubre
111 Retenciones IRPF (trabajadores y profesionales) 1 al 20 de octubre
115 Retenciones por arrendamientos 1 al 20 de octubre
130 / 131 Pagos fraccionados IRPF 1 al 20 de octubre

Si domicilias el pago, el plazo suele adelantarse hasta el 15 de octubre. Presentar fuera de plazo genera recargos, por lo que es recomendable preparar la documentación con antelación.

2. Verifactu: todavía no es obligatorio, pero hay que prepararse

A octubre de 2026, Verifactu aún no es obligatorio para la mayoría de autónomos y pymes. El calendario vigente (Real Decreto-ley 15/2025) establece:

Tipo de contribuyente Fecha de obligatoriedad
Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) 1 de enero de 2027
Autónomos personas físicas y resto de obligados 1 de julio de 2027

Esto significa que todavía hay margen, pero no conviene esperar al último momento. El software de facturación deberá generar registros inalterables y permitir el envío a la Agencia Tributaria. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar los 50.000 € por ejercicio.

Recomendación: revisa ya con tu proveedor si tu programa está adaptado o en proceso de certificación Verifactu.

3. Tarifa plana para nuevos autónomos en 2026

Si estás pensando en darte de alta como autónomo o conoces a alguien que lo vaya a hacer, la tarifa plana sigue vigente:

  • 80 € al mes durante los primeros 12 meses (más el MEI del 0,9 %, aproximadamente 88,64 € en total según Importass)
  • Posibilidad de prorrogar otros 12 meses si los rendimientos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional

Requisitos principales: no haber estado de alta en el RETA en los dos años anteriores (tres años si ya se disfrutó de la tarifa plana) y solicitarla en el momento del alta.

4. Actualización de alquileres de locales comerciales con el IPC

A diferencia de los alquileres de vivienda, los locales comerciales no están sujetos al IRAV ni a los topes extraordinarios de la normativa de vivienda. Se rigen por la libertad de pacto prevista en la Ley de Arrendamientos Urbanos (uso distinto del de vivienda).

Para poder aplicar una subida:

  • El contrato debe contemplar expresamente la cláusula de actualización (normalmente referenciada al IPC del INE)
  • El arrendador debe comunicar por escrito el porcentaje aplicado y la nueva renta
  • La actualización se realiza generalmente en la fecha de aniversario del contrato

Si eres inquilino o propietario de un local en Alicante, revisa tu contrato y el último IPC disponible antes de aceptar o aplicar cualquier modificación de renta.

Zarco Asesoría te ayuda en octubre

En Zarco Asesoría nos encargamos de:

  • Preparar y presentar tus modelos del 3T 2026
  • Revisar tu software de facturación de cara a Verifactu
  • Asesorarte sobre la tarifa plana y el alta de autónomos
  • Comprobar cláusulas de actualización de alquileres de locales

No dejes las obligaciones del tercer trimestre para el último día. Contacta con nosotros y te ayudamos a cumplir con tranquilidad:

En Zarco Asesoría, tu asesoría de confianza en Alicante, te acompañamos en cada trimestre.

Artículo actualizado a octubre de 2026. Información basada en el calendario oficial de la Agencia Tributaria, el Real Decreto-ley 15/2025 (Verifactu) y la normativa de arrendamientos urbanos. Para tu caso concreto, consulta con un asesor.
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