Las renuncias a herencias a favor de un tercero tienen implicaciones fiscales

Cómo Gestionar una Herencia en Alicante: Evita Sorpresas Fiscales con Zarco Asesoría

En Zarco Asesoría, tu asesoría de confianza en Alicante, sabemos que gestionar una herencia puede ser un proceso emocionalmente delicado y, a menudo, complejo desde el punto de vista legal y fiscal. Recientemente, una consulta de la Dirección General de Tributos (DGT) del 20 de marzo de 2025 ha puesto de relieve una cuestión clave: las renuncias a herencias a favor de un tercero tienen implicaciones fiscales importantes.

En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este tema y cómo nuestro equipo de profesionales especializados en herencias en Alicante puede ayudarte a tomar decisiones informadas y optimizar tus obligaciones fiscales.

¿Qué dice la DGT sobre la renuncia a una herencia?

Según la consulta vinculante de la DGT, cuando un heredero renuncia a su parte de una herencia a favor de una persona específica (por ejemplo, un hermano), no se trata de una renuncia pura y simple, sino de una renuncia traslativa. Esto implica que, desde el punto de vista fiscal, el heredero primero acepta la herencia y luego la cede o dona al tercero. Esta interpretación tiene consecuencias significativas:

  • Impuesto sobre Sucesiones: El heredero que renuncia debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la parte de la herencia que le corresponde. Por ejemplo, si renuncias al 25% de un piso heredado, pagarás el impuesto como si hubieras aceptado ese porcentaje.
  • Impuesto sobre Donaciones: La persona que recibe la parte renunciada (el beneficiario) debe tributar por el Impuesto sobre Donaciones, ya que se considera una transmisión lucrativa entre vivos.
  • IRPF: Si la renuncia genera una ganancia patrimonial (por ejemplo, si el valor del bien ha aumentado desde el fallecimiento hasta la donación), el heredero que renuncia podría tener que tributar en el IRPF.

Por el contrario, una renuncia pura, simple y gratuita (sin beneficiar a una persona concreta) no genera estas obligaciones fiscales para el renunciante, ya que se considera que nunca aceptó la herencia. La parte renunciada se reparte entre los demás herederos o pasa al siguiente grado de parentesco según el Código Civil.

El impacto en la Comunidad Valenciana

En Alicante, donde operamos desde Zarco Asesoría, las herencias y donaciones están reguladas por la normativa de la Comunidad Valenciana, que ofrece importantes bonificaciones y reducciones:

  • Sucesiones: Los herederos de los grupos I y II (descendientes, ascendientes, cónyuges y adoptados) pueden beneficiarse de una bonificación del 99% en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones para herencias con una base imponible de hasta 300.000 euros. Para importes mayores, la bonificación puede ser del 75% u otras cuantías, según el caso.
  • Donaciones: En el caso de una renuncia traslativa, el beneficiario (por ejemplo, un hermano) tributará por Donaciones, pero puede acogerse a reducciones en la base imponible (hasta 7.993 euros para hermanos, o más para descendientes y cónyuges) y bonificaciones en la cuota, como el 95% para donaciones a familiares directos.

Estas ventajas fiscales hacen que, con una planificación adecuada, la carga tributaria pueda ser mínima. Sin embargo, cualquier error en la gestión o en la interpretación de la normativa puede derivar en liquidaciones complementarias o sanciones por parte de Hacienda.

Un ejemplo práctico

Imagina que heredas el 25% de un piso en Alicante valorado en 200.000 euros (es decir, 50.000 euros). Si decides renunciar a favor de tu hermano, según la DGT:

  • Tú (el renunciante): Tributarás por el Impuesto sobre Sucesiones sobre los 50.000 euros. Gracias a la bonificación del 99% en la Comunidad Valenciana (si eres hijo del fallecido), el importe a pagar puede ser inferior a 500 euros, dependiendo de tu patrimonio preexistente.
  • Tu hermano (el beneficiario): Pagará el Impuesto sobre Donaciones por los 50.000 euros, pero con reducciones y bonificaciones que podrían limitar el impacto fiscal.
  • IRPF: Si el valor del piso no ha cambiado desde el fallecimiento, no habría ganancia patrimonial. Pero si el valor de mercado ha subido a 60.000 euros, tributarías por una ganancia de 10.000 euros en el IRPF.

En Zarco Asesoría, te ayudamos a calcular estos importes, valorar los bienes correctamente (por ejemplo, usando el valor de referencia catastral) y aprovechar al máximo las bonificaciones autonómicas.

Errores comunes y cómo evitarlos

Muchos herederos desconocen las diferencias entre una renuncia pura y una traslativa, lo que puede llevar a sorpresas fiscales. Otros errores frecuentes incluyen:

  • No formalizar la renuncia ante notario: Según el artículo 1008 del Código Civil, la renuncia debe hacerse en escritura pública. Sin este trámite, Hacienda podría considerar que has aceptado la herencia tácitamente.
  • Superar los plazos: Aunque el Código Civil no fija un plazo para renunciar, es recomendable hacerlo dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento para evitar problemas con el Impuesto sobre Sucesiones (que tiene un plazo de seis meses, prorrogable por otros seis).
  • No valorar correctamente los bienes: Un error en la valoración del piso o de otros activos puede llevar a liquidaciones incorrectas y sanciones.

En Zarco Asesoría, nuestro equipo de expertos en derecho fiscal, laboral, contable y tramitación de herencias en Alicante te acompaña en cada paso para evitar estos errores. Desde la obtención del certificado de defunción y del Registro de Actos de Última Voluntad hasta la redacción de la renuncia notarial, nos aseguramos de que todo se haga correctamente.

Cómo puede ayudarte Zarco Asesoría

En Zarco Asesoría, ofrecemos un servicio integral y personalizado para gestionar herencias en Alicante. Nuestro equipo de profesionales especializados en herencias te ayudará a:

  • Analizar tu caso concreto: Evaluamos si te conviene aceptar la herencia, renunciar de forma pura o hacer una renuncia traslativa, considerando las implicaciones fiscales y legales.
  • Optimizar la tributación: Aplicamos todas las bonificaciones y reducciones disponibles en la Comunidad Valenciana para minimizar tu carga fiscal.
  • Gestionar trámites notariales y registrales: Nos encargamos de preparar la documentación necesaria (certificados, testamento, declaración de herederos) y coordinamos con el notario para formalizar la aceptación o renuncia.
  • Asesoramiento en el IRPF: Calculamos posibles ganancias patrimoniales y te orientamos sobre cómo declararlas correctamente.
  • Resolución de dudas: Respondemos a cualquier pregunta, desde cómo repartir una herencia con varios herederos hasta cómo gestionar deudas asociadas a la herencia.

Además, nuestro conocimiento del mercado local en Alicante nos permite valorar correctamente los bienes heredados, como inmuebles, y anticiparnos a posibles complicaciones, como herencias con deudas o conflictos entre herederos.

Por qué elegir Zarco Asesoría

Como tu asesoría de confianza en Alicante, en Zarco Asesoría combinamos experiencia, profesionalidad y cercanía para ofrecerte soluciones a medida. Entendemos que cada herencia es única, y nuestro objetivo es simplificar el proceso para que puedas centrarte en lo que realmente importa. Ya sea que necesites ayuda con una renuncia a favor de un tercero, la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones o la planificación fiscal de una donación, nuestro equipo está aquí para guiarte.

Además, ofrecemos servicios integrales en asesoría jurídica, fiscal, laboral y contable, lo que nos permite abordar cualquier aspecto relacionado con tu patrimonio, tu empresa o tus obligaciones tributarias. Desde la declaración de la renta hasta la gestión de nóminas o la contabilidad de tu negocio, somos tu aliado en Alicante.

Conclusión

La renuncia a una herencia a favor de un tercero puede parecer una decisión sencilla, pero sus implicaciones fiscales son complejas. En Zarco Asesoría, te ayudamos a entender las diferencias entre una renuncia pura y una traslativa, a aprovechar las bonificaciones de la Comunidad Valenciana y a gestionar todos los trámites con la máxima profesionalidad. Si estás en Alicante y necesitas asesoramiento sobre herencias o cualquier otro asunto fiscal, laboral o contable, contacta con nosotros. ¡Tu tranquilidad es nuestra prioridad!

 

Nota: Este artículo se basa en la consulta vinculante de la DGT del 20 de marzo de 2025 y la normativa vigente en la Comunidad Valenciana. Para casos específicos, consulta con nuestro equipo para una planificación personalizada.

 

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